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Familia y Herencia
pero deja de ser la familia históricamente concebida que se forma desde el
matrimonio. Este fenómeno se ha agudizado desde la década de los años
90 para llegar en la actualidad a cifras verdaderamente impresionantes .
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En todo caso, como apuntan Grosman y Martínez Alcorta, no se debe
tener una visión pesimista de este fenómeno: “la realidad, que va más
allá de los buenos deseos, ha demostrado que las parejas se separan,
pero no por ello la familia pierde su vigencia como centro de afectos,
cooperación y solidaridad; algunos continúan con la función familiar
en hogares monoparentales y muchos otros vuelven a constituir nuevos
núcleos donde transcurren su vida cotidiana niños de lazos precedentes
junto a criaturas que pueden nacer de las nuevas uniones” .
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2. Los míos, los tuyos, los nuestros: la razón de las familias
ensambladas
El devenir de la familia en estas últimas décadas ha hecho posible una
mutación importante en los componentes subjetivos de sus miembros.
Hoy es casi imposible hablar de familia, sino de familias. No hay un
tipo paradigmático de familia, sino se han establecido nuevas formas
familiares, entre las que cabe significar aquellas, resultado de la
búsqueda de nuevos horizontes por mujeres y hombres que tienen a su
cuesta alguna frustración matrimonial. O sea, a aquellas familias que se
reconstituyen o se ensamblan entre personas que han formado ya una
familia anterior, cuyo matrimonio ha sido extinguido por divorcio o por
fallecimiento de uno de los cónyuges. Son personas que constituyen
una unión de hecho o un matrimonio, tras la extinción del primero (hoy
mayoritariamente por divorcio) formando un nuevo hogar en el que van
a convivir con carácter permanente o temporal los hijos (generalmente
los de la mujer) con los protagonistas de la nueva pareja. Fruto de esta
unión podrán ser los nuevos hijos, a la sazón medio hermanos de los hijos
anteriores de ambos progenitores.
No se trata de una yuxtaposición de sumandos, que tiene un resultado
1 Sobre el incremento de la consensualidad se expresan los investigadores del Departamento de
Estudios sobre la Familia del Centro de Investigaciones Psicológicas y Sociológicas (CIPS) en el
informe ofrecido por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en julio del 2001, p.
32 y gazmuri núñez, Patricia, “La familia cubana y los cambios sociales contemporáneos”, CIPS,
en www.familis.org/.../gazmuri_la_familia_cubana_y_los_cambios_sociales_contemporaneos.
pdf, consultado el 25 de enero del 2011, p. 5.
2 grosman, Cecilia e Irene marTínez aLcorTa, “El derecho a la vivienda de los hijos menores en
la familia ensamblada (nuevas uniones después del divorcio o viudez)”, en Revista de Derecho de
Familia, No. 1998-13-271, Lexis No. 0029/000301 (en soporte informático).
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