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Familias ensambladas


           papel, muchas veces conciliador que le corresponde. Es necesario que
           desaparezca del lado del progenitor esa sensación de invasión frente a
           la nueva figura parental representada por el nuevo cónyuge o pareja de
           hecho. Como apunta Pavan: “Todas estas tensiones cederán en la medida
           de que los distintos miembros encuentren o negocien lugares dentro de la
           estructura” . Los padres y madres afines tienen que asumir que su nueva
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           pareja ha roto con su anterior compañero o compañera como cónyuge,
           pero no como coprogenitor que es de los hijos procreados. Subsiste la
           pareja parental, cuyos miembros tienen en común la noble misión de
           formar y educar a los hijos, en cuyo proyecto comenzará a desempeñar
           su rol el padre o madre afín.

             Precisamente sobre el lugar del nuevo cónyuge o compañero del padre o
           la madre se ha pronunciado la profesora argentina Cecilia Grosman, quien
           se ha convertido quizás en la académica que más ha estudiado esta figura.
           Para la nombrada profesora son numerosos los factores que contribuyen
           a definir su función. Ello depende en gran medida de si existe un lugar
           vacante por muerte o abandono del padre o de la madre biológica, pues
           en tal caso opera una sustitución de funciones, o sea, la crianza de los hijos
           recae en la nueva pareja del progenitor, en cambio cuando ambos padres,
           no obstante la separación, realizan una tarea activa en la formación del
           hijo, la madre o el padre afín cumple un rol de completamiento, labor que
           dependerá en  gran medida de la singularidad que ofrezca cada familia.
           Como expone la Grosman “se trata de acciones ligadas fundamentalmente
           a la vida cotidiana y al funcionamiento del espacio doméstico donde los
           niños se desenvuelven. Sin embargo si se quiere que el sistema funcione
           se requiere un mínimo de alianza funcional de la pareja conviviente
           que abarque, incluso, al ex cónyuge o  conviviente, para evitar posible
           coaliciones de los hijos con uno de los adultos contra el otro u otros, que
           terminan por provocar una pérdida de control en el grupo familiar” .
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             5. Pasemos revista al Derecho familiar cubano: ¿dónde están las
           familias ensambladas?
             Puede resultar asombroso para cualquier estudioso del Derecho que
           nuestro Derecho familiar esté tan distanciado de la realidad social . El
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             14  Idem, p. 6.
             15  grosman, Cecilia, “Las familias monoparentales y las familias ensambladas en el Mercosur
           y países asociados”, en Hacia una armonización del Derecho de Familia  en el Mercosur y países
           asociados,  Cecilia  P. Grosman (directora) Marisa Herrera (coordinadora),  LexisNexis, Buenos
           Aires, 2007, pp. 113-114.
             16  En otros contextos los juristas también  se han manifestado  en este sentido. El profesor

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