Page 58 - Fondo Editorial del CNL
P. 58
Familia y Herencia
jurídicos. Asumimos una posición egocentrista. Tal pareciere que el
Derecho pudiera agotar todas las parcelas de la vida. Empero, esta
nos demuestra que los juristas en nuestro afán antropocéntrico nos
equivocamos una vez más. Una buena parte de los artículos que se
publican en prestigiosas revistas jurídicas, sobre todo, los que discurren
por los senderos del Derecho Privado, y del Civil en especial, prefieren
la utilización de los métodos descriptivos o exegéticos. Con ello no
hacemos más que atrincherarnos en la búsqueda de posibles soluciones
a los problemas socio-jurídicos, pero enfocadas desde el Derecho y para
el Derecho. Lamentablemente no detenemos nuestra mirada más allá de
la norma o de la exégesis jurisprudencial o doctrinal. Con razón hace ya
algunos años apuntaba el maestro Vallet de Goytisolo, sin paliar en lo
más mínimo la función social del Derecho que este “… solo ocupa una
parcela de la vida social del hombre. Los juristas necesitamos reconocerlo
con modestia ni no queremos perder el sentido de la proporción e incluso
el de la realidad” .
1
Otras ciencias, inclusive de corte social, como la demografía, o las
propias estadísticas pueden ser fuentes de información de primer nivel en
la construcción de instituciones jurídicas o en la valoración retrospectiva o
prospectiva de los fenómenos socio-jurídicos. La demografía como ciencia
que estudia las poblaciones humanas, su tamaño, su distribución, los
procesos que en ella interactúan, su estructura y características, cada vez
se practica más como interdisciplina, y en su campo de estudio converge
de manera directa con el Derecho, y en concreto con el Derecho Civil, en
tanto ambas se enfocan al estudio de las personas, si bien en el orden de
la demografía importan más los grupos humanos que las personas en su
individualidad , arista en la que se enfila con más agudeza el Derecho
2
Civil. Los procesos de fecundidad, mortalidad y migración constituyen la
base de los estudios demográficos y para ello se impone conocer cuántas
personas viven, cuántas nacen, cuántas fallecen, cuántas inmigran,
cuántas emigran y la causa de ello. Para más, una buena parte de las
* Publicado en los Anales de la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de España, No.
39, Madrid, 2009, pp. 703-765.
1 VaLLeT de goyTisoLo, Juan B., Panorama del Derecho Civil, 2ª edición, Bosch, Barcelona,
1973, p. 7.
2 Es decir, a la demografía le interesa el estudio de los seres humanos, como miembros de una
colectividad (no es su dimensión individual), a la que ingresa por el solo hecho de nacer, y de la
que se retira sólo cuando muere. Desde la demografía es imposible caracterizar a cada uno de los
miembros de esa colectividad poblacional. Por esa razón surge la noción de “media demográfica”,
o sea, la que considera los valores medios con que los individuos figuran en el conjunto.
56