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Familias ensambladas


           matrimonio y tienen hijos de uniones anteriores constituyen una familia
           ensamblada. Uno de cada tres estadounidenses es padre/madre afín,
           hijo afín, hermano afín, o miembro de una familia ensamblada. Sin
           embargo, según sostiene Margorie Engel, contradictoriamente “estas
           familias enfrentan mayores desafíos en los tribunales y en el Congreso
           que en sus propios hogares. El ordenamiento jurídico ha privilegiado
           ‘los valores familiares’, la protección de la familia nuclear intacta y la
           intervención desde el derecho frente a situaciones que se generan en
           torno a los padres ausentes o abandónicos, ignorando completamente a
           las familias ensambladas” .
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             Esta autora ha incursionado en el tema, como pocos, las normas
           sucesorias en los Estados Unidos  solo protegen a la familia vertebrada
           en torno al primer matrimonio, si se tiene en cuenta además, que en este
           país la mayoría de las personas mueren ab intestato, resultan entonces
           verdaderamente desprotegidos los parientes afines.  Las últimas
           revisiones del Uniform Probate Code (UPC) tienen por finalidad adaptar
           la normativa sucesoria a la idea de que el matrimonio es además una
           sociedad económica. Pero este criterio no ha sido receptado por la ley.
           Y, entonces, en el marco de la sucesión intestada, no se reconocen los
           derechos de los cónyuges y los hijos afines. Es interesante en este orden
           el caso Berge. Las hermanas Berge, de siete y ocho años respectivamente,
           pasaron a ser las hijas afines y a utilizar el apellido del Sr. Berge quien se
           hizo cargo de la educación y todos los gastos que insumía su mantención
           aún después de que su madre falleciera. Durante mucho tiempo el Sr.
           Berge manifestó que era su intención hacer los arreglos necesarios a fin
           de desheredar a sus parientes consanguíneos y dejar sus bienes a sus
           hijas afines. Al morir, la Suprema Corte de Minnesota resolvió que las
           hijas afines no tenían derecho a heredarlo .
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             El mensaje dirigido a las parejas que constituyen una familia ensamblada
           es: formulen testamento a favor de sus hijos afines. La consanguinidad
           fue el principal fundamento del decisorio del tribunal de Washington que
           desconoció los legados en favor de cinco hijos, cuatro de ellos afines, más
           allá de que el hijo biológico falleció antes que él. Otro problema  también
           surge de la política de impuestos. En los casos de sucesión testamentaria

             22  engeL, Margorie, “El derecho norteamericano desvaloriza las familias ensambladas (I)”, Lexis
           No. 0029/000186,  Revista de Derecho de Familia, 2003-25-59.
             23  In re “Berge’Estate”,  47 N.  W 2d., 428 (Minn. 1951),  cit  pos.  engeL, M., “El  derecho
           norteamericano…”, cit.

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